Derechos de pacientes:
multarán
a entidades que incumplan la
ley
Con nuevo reglamento. De no atender a personas en casos de emergencia
podrían ser sancionados con el pago de hasta 500 UIT (casi 2 millones de
soles).
La Superintendencia Nacional de Salud (Susalud) es la encargada de
velar por la aplicación de la ley y el citado reglamento, teniendo para ello
una escala de sanciones lista para ser aplicada.
Esta institución sancionará por la vía administrativa directamente al
establecimiento de salud que incumpla la ley, aplicando desde una amonestación
escrita hasta la imposición de multas que llegan a las 500 UIT (S/. 1.925.000).
El reglamento de infracciones está contemplado en el DL 031, DL 1158.
Susalud no sanciona a los profesionales de la salud, aclara el
superintendente adjunto de Regulación y Fiscalización de este organismo, Hernán
Ramos, en diálogo con La República.
Explica que si el paciente tiene alguna insatisfacción del servicio
puede presentar su reclamo en el propio establecimiento o a los delegados
de Susalud. Y aclara que el ciudadano
tiene la opción de resolver una denuncia por la vía administrativa (Susalud),
por la vía penal o civil (Poder Judicial en caso de comisión de delito) y
también por la vía deontológica que es regulada por los colegios profesionales
de la salud.
Hasta la fecha, Susalud ha atendido 32 mil 784 reclamos por demoras en
citas, entrega de medicamentos, prestación del servicio, entre otros.
EL REGLAMENTO
El reglamento establece que toda persona que necesite atención de
emergencia médica, quirúrgica y psiquiátrica tiene derecho a recibirla en
cualquier establecimiento de salud pública, privada o mixta. La Institución
Prestadora de Servicio (IPRESS), ya sea un hospital, clínica, o establecimiento
de salud en general, está obligada a brindar dicha atención en tanto subsista
el estado de grave riesgo para la vida y la salud del paciente.
Una vez que se haya prestado el servicio, la institución tiene el
derecho a ser reembolsada por los gastos generados y se hace el pedido a la
aseguradora a la que pertenece el paciente (Essalud, Entidades prestadoras de
Salud (EPS), fondos de la PNP, FFAA.
En caso se trate de personas de los grupos poblacionales vulnerables,
los gastos de atención de la situación de emergencia serán asumidos por el
Seguro Integral de Salud (SIS).
Los pacientes tienen derecho a ser atendidos con pleno respeto a su
dignidad e intimidad, buen trato y sin discriminación. También a recibir
información necesaria y suficiente, con amabilidad y respeto, sobre las
condiciones para el uso de los servicios de salud antes de recibir la atención.
El reglamento también resalta que los pacientes tienen derecho a
conocer el nombre del médico y de los profesionales a cargo de los
procedimientos. También a la libre elección del médico. Además de tener acceso
a su historia clínica y a la reserva de esta información.
CLAVE
¿Cuando presentar un reclamo a Susalud? por insatisfacción, retraso en
las citas o intervenciones quirúrgicas, etc. Susalud da orientación sobre la
solución en diálogo con el establecimiento de salud. Puedes llamas al teléfono
4330589-4330528 o vía web www.susalud.gob.pe
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