Entre 15 y 20 años de
prisión para quienes conspiren y favorezcan el terrorismo
Drásticas penas. Incluye a quienes promuevan, favorezcan o faciliten
dicho delito. Otra norma castiga hasta con 15 años de cárcel a quienes
interfieran comunicaciones. Un tercer decreto sanciona entre 3 y 8 años a los
que resiembren cultivos de coca.

Se mantuvo prácticamente en secreto durante días. Tres
nuevos decretos legislativos que contemplan, entre otras iniciativas, el
incremento de penas mínimas y máximas para delitos de terrorismo,
interceptación de comunicaciones y narcotráfico fueron aprobadas por el
Ejecutivo y publicadas ayer en El Peruano.
Algunos expertos en seguridad ciudadana pidieron no caer en
la "indiferencia o la soberbia". También destacaron el endurecimiento
de las sanciones y las facultades que tienen ahora la Policía y la Comisión
Nacional para Desarrollo y Vida sin Drogas (Devida) en materia de narcotráfico.
Es un ambicioso programa de reforma
sostenido en una batería enorme de decretos.
1. Castigo severo por favorecer al terrorismo
Según el Gobierno, "mejorará la lucha contra la
subversión y aumentará, en consecuencia, la seguridad ciudadana. El Decreto
Legislativo Nº 1233, aprobado por el Ejecutivo en el marco de las facultades
que le otorgó por el Congreso, señala que quienes incurran en conspiración para
el delito de terrorismo recibirán una pena entre 15 y 20 años de prisión.
Ello incluye a todo aquel que participe en una conspiración
para promover, favorecer o facilitar el delito de terrorismo, en cualquiera de
sus modalidades. Para ello se incorpora el artículo 6-B al Decreto Ley N°
25475, que establece la penalidad para los delitos de terrorismo y
procedimientos para la investigación, instrucción y juicio.
Para el coronel (r)
Javier Palacios, la agrupación terrorista Sendero Luminoso se encuentra
en proceso de 'reciclaje' político con la aparición del Movadef, así como otros
grupos radicales y el accionar de los Quispe Palomino en el Valle de los Ríos
Ene, Apurímac y Mantaro (Vraem).
“Muchos terroristas liberados están en el magisterio, en el
sector Salud y en otros ministerios, así como en municipios y en Gobiernos
regionales. También hay agitadores políticos que conspiran conformando poderes
locales como frentes de defensa”, refirió.
Advirtió que los subversivos están en las universidades y
colectivos estudiantiles. “Debemos recordar que Abimael Guzmán dijo que ‘el
tiempo es nuestro mejor aliado’. Ellos esperan ganar a los jóvenes con este
proceso de largo aliento para crear nuevos cuadros", subrayó el oficial
retirado.
2. Endurecen penas en interceptaciones
En cuanto al Decreto Legislativo Nº 1234, el nuevo código
endurece las penas para quienes intervengan o interfieran indebidamente
comunicaciones electrónicas o de mensajería instantánea, o similares. Ellos
serán sancionados con penas de 5 a 10 años de cárcel.
La norma publicada ayer en el diario oficial El Peruano
modifica el artículo 162 del Código Penal, que para este caso contemplaba penas
privativas de la libertad entre 3 y 6 años de prisión como máximo.
Según la modificación, la pena de cárcel también será entre
10 y 15 años cuando la persona que cometa este delito tenga la condición de
funcionario o servidor público. Estos individuos, además, serán inhabilitados
de sus cargos.
Esta misma sanción se impondrá cuando el delito recaiga
sobre información clasificada como secreta, reservada o confidencial o cuando
el delito comprometa la defensa, seguridad o soberanía nacionales.
Asimismo, el decreto legislativo contempla que si el agente
comete el delito como integrante de una organización criminal, la pena se
incrementa hasta en un tercio por encima del máximo legal previsto en los
supuestos anteriores.
El abogado Lucio Jiménez la calificó como "ley
mordaza", pero necesaria. "No permitirá destapar actos de corrupción
como el chuponeo telefónico realizado por la empresa Bussines Track (BTR). Sin
embargo, es necesario para los casos más graves, como terrorismo,
organizaciones criminales, delitos contra menores o existan razones fundadas
que hagan mprescindible la intervención de comunicaciones”, sostuvo.
3. Lucha frontal contra el tráfico ilícito de drogas
En materia de narcotráfico, el jefe de la Comisión Nacional
para Desarrollo y Vida sin Drogas (Devida), Alberto Otárola, indicó que el
decreto legistativo 1241 "fortalece la lucha contra el tráfico ilícito de
drogas y condensa una serie de aspectos sustantivos para contar con un marco
más adecuado en la lucha contra este delito".
El dispositivo legal cubre algunos vacíos respecto de la
actuación de la Policía que se veía limitada por temas como el espacio de
intervención, la interdicción de insumos químicos y medios de transporte que se
emplean. Ahora podrán patrullar zonas de tránsito, áreas de infuencia (puertos
y aeropuertos) y puntos críticos en el ámbito nacional.
Otárola explicó que la norma autoriza la destrucción de medios de transporte, embarcaciones que por
río o mar transporten insumos químicos, vehículos, motocicletas, es decir, todo
tipo de instrumentos de transporte de sustancias ilícitas.
También contempla la penalización de la resiembra de coca, para lo que se considera de 3 a 8
años de cárcel.
Agregó que la norma afianza el liderazgo y rectoría de
Devida sobre el diseño de políticas, estrategias, intervención y competencia
nacional en materia de prevención, desarrollo alternativo e interdicción.
"Es una norma que ha sido trabajada desde hace meses en
coordinación con varios sectores, y ayudará a elevar los estándares de la lucha
contra el narcotráfico", manifestó.
Enfoque
Hay que repotenciar la dircote (*)
El Decreto Legislativo N° 1233 es fundamental. El Gobierno
no puede bajar la guardia en su lucha contra el terrorismo, y con este
dispositivo se está adelantando a hechos que podrían venir, pues los senderistas
siguen adoctrinando y engañando a los jóvenes. Esta medida, sin embargo,
tendría que ir acompañada de una repotenciación de la Dircote, cuyo sistema de
inteligencia tiene que seguir a los terroristas liberados. Además, debemos ir
formando fiscales y jueces antiterroristas.
Sobre el decreto N° 1234, considero que es una buena
herramienta porque se está poniendo un candado a la corrupción, como el caso
BTR o de la DINI, que estuvieron haciendo trabajos oscuros. Pienso que si un
funcionario es descubierto debería recibir el doble de la pena establecida.
La medida para combatir el narcotráfico también es
importantísima, pero hay que armar equipos de fiscales y policías. Este delito
no está solo en el Callao, la droga sale por todos los puertos del país.
(*)Luis Montoya. Ex director PNP
La República - 27 de Septiembre de 2015
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