lunes, 26 de octubre de 2015

OPINION



Carlos Basombrío: ¡Otra de los otorongos!

 

Hay que tener mucho cuidado con las decisiones que tome o deje de tomar este Congreso. Pocos en nuestra historia tan desprestigiados y donde la Comisión de Ética haya tenido tanto trabajo. Un Congreso que arrastra los pies cuando se trata de hacer cosas positivas para el país. Dos ejemplos notables, lo reacios que vienen siendo para hacer las reformas electorales mínimas que el país necesita para, diciéndolo en sencillo, tener un Congreso un poco mejor que el actual. O para levantar la inmunidad y sacar del Congreso a personajes como Benítez y Crisólogo, sindicados por la justicia como operadores de la mafia Orellana. En cambio, pueden anular de un plumazo y en 24 horas una tímida norma de promoción de inversión privada para patrimonio arqueológico si sienten que algunos votos se pueden cosechar en el camino. En otras palabras, en muchas ocasiones lo que prima entre ellos es el interés de protegerse o beneficiarse antes que los intereses nacionales.

En ese marco preocupa que la bancada de Concertación Parlamentaria, a través del congresista Velásquez Quesquén, haya presentado un proyecto de ley para castigar con cárcel efectiva a quienes difundan audios, videos, etc., “obtenidos sin consentimiento que afecten el honor, la seguridad personal o el derecho a la intimidad”.

El texto preciso del nuevo articulado propuesto para el Código Penal sería el siguiente:

“Artículo 162-B. Difusión indebida de comunicaciones. El que, indebidamente, difunde la grabación de una conversación personal, telefónica, audiovisual u otra análoga, sin el consentimiento de su interlocutor, salvo resolución judicial, será reprimido con pena privativa de la libertad no menor de un año ni mayor de seis años, siempre que tal difusión afecte el honor, la seguridad personal o el derecho a la intimidad de este último o su familia, o a su patrimonio”.

Lo primero que llama la atención es que el cambio no está orientado a sancionar más severamente a quienes obtengan esa información indebida, sino a quienes la difundan; en otras palabras, a los medios de comunicación.

Es muy cierto que la prensa debe ser extremadamente cuidadosa en no involucrarse en los asuntos privados de los personajes privados; e, incluso, reflexionar con mucha cautela hasta qué punto determinados aspectos de la privacidad de los personajes públicos pueden o no difundirse, más aún cuando han sido obtenidos por estos medios.

Pero un articulado como este, con un Poder Judicial tan temeroso del poder y con tanta corrupción interna como el que tenemos, puede ser un arma muy eficaz para reprimir a quienes denuncien posibles situaciones ilícitas de personajes públicos poderosos.

No olvidemos que tanto los “vladivideos”, los “petroaudios”, las “agendas de Nadine”, por mencionar los casos más importantes fueron obtenidos de manera ilegal, violando el derecho a la privacidad de los involucrados. Sin embargo, su difusión era una responsabilidad de los medios de comunicación y contribuyó a la lucha contra el abuso de poder y la corrupción. (Por cierto, el Poder Judicial, casi siempre tan amable con el Apra, ya anuló los “petroaudios” como prueba en ese juicio por ser “prueba ilícita”).

A mi juicio, amenazar con cárcel a medios que difundan este tipo de material afecta el derecho de los lectores a conocer hechos importantes, sin perjuicio de las sanciones que puedan tener quienes los hayan obtenido irregularmente.

En este caso, por quien la presenta y por el momento en que se hace, la norma tiene nombre propio: Alan García Pérez. Recordemos que, hace pocas semanas, Nicolás Lúcar, de Frecuencia Latina, difundió una conversación telefónica del detenido Gerald Oropeza (a estas alturas no un simple procesado por narcotráfico, sino toda una leyenda urbana, a tal punto que es más conocido como el “Tony Montana peruano”), en la que este individuo decía textualmente: “No te preocupes por nada, nosotros tenemos gente de respaldo. ¿Te acuerdas de mi tío ‘Alan’? ¿No? Ya. Toda su ‘batería’ está a disposición de nosotros, para cualquier cosita. Tenemos gente por todos lados”. Como es obvio, políticamente era un golpe durísimo a García, ya que el personaje está vinculado familiarmente al Partido Aprista y Alan García a la imagen de los narcoindultos. Se alegó después que en realidad este individuo se refería a su tío Alamín (no queda claro por qué entonces decía Alan y no Alamín) o también cabe la posibilidad de que simplemente estaba fanfarroneando de un poder y una relación privilegiada que no tenía. Con esta nueva norma, el periodista que difundió esta conversación podría ser acusado y eventualmente condenado a prisión efectiva.

Más recientemente, y en medio de las coincidencias y mala suerte que últimamente colocan a Alan García en una situación política y electoral bastante incómoda, la guapa modelo canadiense que usa el seudónimo de Gia Rogers se tomó y publicó en su Facebook un selfie con García. Él no tenía por qué saberlo, pero ella resultó ser una burrier de alto vuelo, detenida en Canadá el 24 de diciembre de 2010 por intentar sacar del país 12 kilos y 610 gramos de cocaína camuflados en 6 botellas. De nuevo, estamos ante una probable invasión de la privacidad de ambos, pero sería un grave error que un juez tenga la potestad de ser quien decida si el difundirlo constituye un delito punible con cárcel o si estamos ante el derecho de la prensa de dar a conocer al público situaciones relacionadas a quien desea ser presidente del Perú por tercera vez.

Se trata, pues, de una propuesta legislativa peligrosa y que la prensa debe rechazar unánimemente. Debe hacerlo pronto, porque hay riesgo de que este Congreso vote a favor, ya que, como bien sabemos, hay mucha ropa tendida en muchas bancadas y las ganas de aprobarla deben estar sobrando.



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