Óscar
Urviola: “Había que darle curso a investigación para que las cosas se
esclarezcan”
El recurso
de agravio constitucional contra el hábeas corpus de la presidenta del Partido
Nacionalista, Nadine Heredia, debía resolverse con prontitud porque se trataba
de una apelación presentada por el Ministerio Público y había que dar seguridad
jurídica al país, responde el presidente del TC, Oscar Urviola Hani.
¿El caso
Nadine Heredia lo ha dejado golpeado?
No. Son
gajes del oficio. Ya tengo cinco años y medio acá. He tenido varios casos, en
los que incluso he tenido que aplicar voto decisorio. El caso Antauro, los
bonos agrarios, Fonavi. Un ex presidente del TC especuló que yo era un allegado
del gobierno, contrariamente a cómo fue mi línea en esos temas de interés del
Ejecutivo, o sea, mintió.
La señora
Nadine Heredia ha dicho que la historia los condenará...
Yo creo que
la historia nos va a juzgar. Estamos convencidos de que es una sentencia no
solo justa, sino que da seguridad jurídica a la sociedad.
Pero los han
acusado de actuar con extrema rapidez...
Creo que eso
no es cierto. El tiempo que ha tenido el expediente en este tribunal ha sido
suficiente. El hecho que el recurso de agravio constitucional fuera interpuesto
por el Ministerio Público y que se trataba de un hábeas corpus en el que
supuestamente estaba en peligro la libertad de una persona, justificaba que
resolviéramos con celeridad.
Ley
universitaria
Hay muchos
otros casos que no se resuelven tan rápido...
Efectivamente,
tenemos cerca de 9,500 expedientes. Pero este era el único recurso interpuesto
por el Ministerio Público.
Está el caso
de la Ley Universitaria. ¿Cuándo habrá una sentencia?
El tema de
la Ley Universitaria está votado y con
redacción final. Lo que ocurre es que por este tema y por el viaje del
magistrado Manuel Miranda, falta completar algunas firmas. Esto creo que se
publica la próxima semana.
¿Por qué no
participó el magistrado Miranda en el caso Nadine?
Las
vacaciones del señor Miranda fueron programadas en septiembre y él tenía sus
pasajes comprados para unas vacaciones en Europa, desde abril.
¿Tuvieron
tiempo para leer los 20 mil folios del caso Nadine?
La sentencia
ha resuelto todos y cada uno de los puntos controvertidos de este caso. Eso
quiere decir que tenemos conocimiento del expediente.
Se dijo que,
de acuerdo con sus precedentes vinculantes, ustedes no tenían compentencia para
resolver este recurso de agravio constitucional...
Hemos
enriquecido la doctrina jurisprudencial al considerar que el lavado de activos
es un delito autónomo y pluriofensivo que afecta una serie de derechos y bienes
constitucionalmente protegidos. la transparencia del sistema financiero, la
libre competencia, la necesidad de proteger el sistema de administración de
justicia y el mismo régimen democrático.
Sentencia
¿Esta
sentencia supone que Nadine Heredia es culpable ?
Nosotros no
nos pronunciamos si hay o no delito. Eso le corresponde al Ministerio Público
y, en definitiva, al Poder Judicial. Para el bien y la paz social, la
tranquilidad y dar un clima de seguridad jurídica, entre quienes tienen el
poder, debe darse curso a la investigación para que las cosas se esclarezcan.
Con este
fallo, ¿la fiscalía puede reabrir cualquier investigación?
Sí. Pero,
fíjese... la investigación era deficiente, había pruebas sobre las que la
fiscalía no se había pronunciado, pericias constables que eran necesarias para
establecer un desbalance patrimonial.
¿Es la
primera vez que el TC pide investigar a fiscales que han archivado una
investigación?
Sí. Era
necesario porque podría denotar una inconducta.
Sí los
fiscales ya fueron investigados, ¿se les debería realizar una nueva
investigación?
Creo que sí.
De repente también fue una investigación incompleta.
¿Por qué la
sentencia no dice nada sobre los que jueces que otorgaron el Hábeas Corpus?
Ellos han
emitido un pronunciamiento que lo consideramos un criterio jurisdiccional. Lo
hemos dejado sin efecto, pero eso no amerita una investigación.
¿Los
fiscales podrían decir lo mismo?
No. Ojo...
allí se ha omitido actuar una serie de pruebas. No sabemos por qué.
Reglamento
Días antes
de ver el caso Nadine, el TC modificó su reglamento. ¿Con qué objetivo?
Se trata de
una modificación del articulo 10 del reglamento para introducir una norma que
no estaba contemplada y que esta referida a la forma en que deben ser aprobados
los precedentes vinculantes. Aquellas resoluciones que pueden servir como norma
para solucionar otros casos y que en la doctrina y en la práctica se les
reconoce rango de ley.
¿Por qué esa
modificación se publicó el mismo día de la audiencia del caso Nadine?
Fue una
simple coincidencia. Creo y estoy esperanzado en que este TC cuando establezca
precedentes vinculantes lo haga por unanimidad.
¿Desde
cuándo se estaba discutiendo este cambio reglamentario.
Desde el
famoso precedente del caso Huatuco. Allí surgió la discusión e iniciativa de
modificar el reglamento. Como ve, no tenía ninguna relación con el caso Nadine
que llega al TC el 1° de octubre.
¿Hay un
precedente vinculante por emitirse pronto?
No, no hay
nada inmediato.
El Apra y
Alan García
Las
declaraciones del congresista Mauricio Mulder afectaron la decisión del TC?
Las
declaraciones, por más que puedan haber sido desaforadas por parte de algunos
congresistas a los que ya se les conoce por tener esa actitud, no nos han
asustado.
Pero la
corriente de opinión que representa el congresista Mulder es hoy mayoritaria.
Creo que la
mayoría de congresistas son concientes de que a las instituciones se les
respeta y por más que discrepen, no pueden influir en las decisiones de un
órgano jurisdiccional.
¿Por qué no
aceptaron la explusión del magistrado Eloy Espinoza-Saldaña?
Habríamos
tenido una sentencia de cinco votos. El magistrado, por un acto de
caballerosidad, presentó su inhibición, pero le dijimos que debía quedarse. La
Ley no le permite la inhibición.
¿El cese de
la procuradora Julia Príncipe precipitó la sentencia?
En absoluto.
La sentencia estaba programada para ser publicada el martes en la tarde.
Después de la audiencia se iniciaron los debates. No hemos perdido tiempo. El
viernes, en Arequipa, nos hemos reunido para trabajar.
Esta
sentencia del caso Nadine tiene seis votos, pero no se convirtió en precedente
vinculante,
El tribunal
no lo consideró así. En todo caso, es una sentencia que marca una línea
importante.
¿Se puede
aplicar a otros casos?
En casos de
agravio constitucional, claro que sí. Permite a la fiscalía o ha cualquier otro
procurador del Estado acudir al TC cuando de por medio estan los intereses de
la sociedad.
El
procurador Joel Segura menciona el Amparo de Alan García.
No sé. Cada
caso es un caso y ya nos pronunciaremos en su oportunidad, si el caso llegará
aca. No le puedo decir nada más porque puedo ser acusado de adelanto de
opinión.
César Romero
– La República
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