‘Ley Velásquez’ pone en serio riesgo
la libertad de expresión en el Perú
Alerta. Iniciativa de legislador aprista propone castigar hasta con ocho años de cárcel a quien difunda conversaciones grabadas sin consentimiento del interlocutor. Según abogado de IPYS, ley hubiera llevado a prisión a difusores de 'petroaudios'.

El proyecto de ley Nº 4871 del congresista Javier Velásquez Quesquén, que plantea sancionar hasta con ocho años de cárcel la difusión de conversaciones grabadas sin el consentimiento del interlocutor, es muy peligroso para la prensa.
"Pone en serio riesgo el ejercicio de la libertad de expresión", afirma Roberto Pereira, especialista en derecho constitucional y asesor legal del Instituto Prensa y Sociedad (IPYS).
La iniciativa fue presentada por el legislador aprista el 7 de octubre y actualmente obra para su análisis y debate en la Comisión de Justicia y Derechos Humanos del Congreso.
El proyecto de ley plantea agregar al artículo 162 del Código Penal lo siguiente: "El que, indebidamente, difunde la grabación de una conversación personal, telefónica, audiovisual u otra análoga, sin el consentimiento de su interlocutor, salvo resolución judicial, será reprimido con pena privativa de la libertad no menor de uno ni mayor de seis años (...)".
La propuesta contempla una sanción aún más drástica, de entre cuatro y ocho años de cárcel, cuando la conversación ha sido difundida en un medio de comunicación; situación que, según Pereira, atentaría contra la libertad de expresión.
Petroaudios y oropeza
“Si esa norma entrara en vigencia mañana, los 'petroaudios' no podrían ser difundidos o la gente del Canal 4 se tendría que ir presa. Por el audio del 'tío Alan' y su batería tendrían que ir también presos los que lo difundieron en el Canal 2”, explicó Roberto Pereira.
En efecto, el pasado 11 de octubre, el programa 'Reporte Semanal' difundió un audio en el que se escucha a Gerald Oropeza señalar: "Nosotros tenemos gente de respaldo. ¿Te acuerdas de mi 'tío Alan'?, toda su batería está a disposición".
La República le preguntó directamente a Velásquez Quesquén si su proyecto tiene el propósito de evitar la difusión de este tipo de audios.
“No tiene nada que ver. El proyecto establece que no se aplica ninguna sanción cuando se divulgan informaciones que tengan contenido ilícito o de interés público”, indicó.
En efecto, el último párrafo de su proyecto señala que "queda exento de pena si el contenido de la grabación de audio o video difundidos constituye un hecho punible".
Sin embargo, para Roberto Pereira, proyectos de ley de este tipo solo buscan proteger a los políticos, tal como ocurrió con una propuesta similar que presentó anteriormente el legislador Javier Bedoya, del Partido Popular Cristiano.
“Es sintomático que permanentemente en el Congreso se presenten esas iniciativas. En el fondo, lo único que hace este tipo de normas es proteger a los políticos, impidiendo o amenazando con cárcel a los periodistas o medios de comunicación que difunden los contenidos, ciertamente de origen ilícito, que revelan aspectos de alto interés público”, apuntó.
Argumentos confusos
En diálogo con La República, Velásquez también dijo que su proyecto de ley busca actualizar el artículo 164 del Código Penal, que sanciona la publicación indebida de correspondencia epistolar o telegráfica.
Sin embargo, en la exposición de motivos de su proyecto no hay una sola línea que haga referencia a tal artículo 164.
Más bien, hace mención al Decreto Legislativo 1182, que faculta a la Policía el uso de los datos derivados de la geolocalización. Y también cita que hay una mala costumbre de "personas maliciosas" que efectúan grabaciones y las difunden por medios de comunicación.
Velásquez admitió la contradicción entre su discurso y el contenido de la exposición de motivos de su proyecto.
“Sí, pero ahí lo que prima es la propuesta del articulado”, intentó justificar, y luego insistió en forma reiterada en que el proyecto no busca restringir el trabajo de la prensa.
"Si hay una parte del artículo que roce (la libertad de expresión), preferimos dejarlo ahí", apuntó.
Proyecto contra la
difamación en Internet
El pasado 10 de setiembre, el congresista Wilder Ruiz Loayza presentó otra propuesta legislativa que plantea incluir como forma agravada del delito de difamación la afectación del honor y la buena reputación a través de internet, ya sea mediante los blogs, las redes sociales o correos electrónicos.
Esta propuesta normativa Nº 4833 también pasó a la Comisión de Justicia y Derechos Humanos, y tiene la rúbrica de los legisladores Juan Pari, Roberto Angulo, Justiniano Apaza, Natalie Condori, Jorge Rimarachín y Eulogio Romero, todos de la bancada Dignidad y Democracia.
Para el abogado de IPYS, Roberto Pereira, esta propuesta es absolutamente innecesaria “porque hoy en día el tipo penal de difamación ya contempla un agravante cuando la difamación se realiza por un medio de comunicación o un medio que tenga un similar efecto difusor".
Wilber Huacasi – La República
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